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Visa de Inversionistas Calificados

Esta visa otorga Residencia Permanente a los solicitantes que inviertan en bienes raíces en Panamá por un mínimo de US$500,000. En este momento y hasta octubre de 2024, la inversión mínima es de US$300,000.

Requisito Principal:

  1. Proporcionar evidencia de que el dinero para realizar la inversión provino del extranjero. Esto se puede hacer de la siguiente manera:
    1. Carta emitida por el banco en el extranjero o por un banco local, certificando la transferencia o recepción, respectivamente, de los fondos. Si se emite en el extranjero, la carta debe estar legalizada por una misión diplomática o consular panameña en el Servicio Exterior o apostillada, de acuerdo con la Convención de la Haya sobre la Apostilla.
    2. Certificado de estado de cuenta bancario emitido por el banco extranjero, debidamente legalizado, o certificado de estado de cuenta bancario emitido por un banco local, con sellos de autenticación del banco emisor, que muestre la transacción de transferencia de fondos.
    3. Carta notariada, emitida por el receptor de los fondos, o certificación bancaria original confirmando el depósito o recepción de la transferencia, de acuerdo con cualquiera de las formas de inversión descritas en este Decreto Ejecutivo, que certifique que los fondos para la inversión fueron transferidos desde una cuenta extranjera.

Otros Requisitos:

  1. Antecedentes Penales, ya sea apostillados o autenticados, con una validez de 6 meses.
  2. Pago de USD $5,000 al Servicio Nacional de Migración.
  3. Pago de USD $5,000 al Tesoro Nacional.
  4. En caso de dependientes mayores de 12 años: un pago adicional de USD $1,000 por dependiente al Tesoro Nacional y otro pago de USD $1,000 al Servicio Nacional de Migración.
  5. En caso de dependientes menores de 12 años: un pago adicional de USD $1,000 por dependiente al Tesoro Nacional.
  6. Certificado de buena salud.
  7. Una de las formas de evidencia de la inversión explicadas anteriormente.
  8. Si la solicitud incluye dependientes:
    • Carta de responsabilidad por estos dependientes.
    • Prueba de la relación entre el solicitante y cada dependiente, es decir, certificados de matrimonio o de nacimiento.

Beneficios:

  1. Es la única visa en Panamá que se puede solicitar mientras se está fuera de Panamá.
  2. Otorga Residencia Permanente en un plazo estimado de 30 días a partir del día de la solicitud.

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