La respuesta rápida y sencilla sería no, no todas las sociedades en Panamá deben tener Aviso de Operación.
El Aviso de Operación es un documento que indica que la Sociedad Anónima se va a dedicar a una actividad comercial, por lo que, aquellas sociedades que fueron creadas únicamente para cumplir el rol de tenedoras de activos no lo necesitan.
La solicitud de un Aviso de Operación se hace en línea, tras solicitar un usuario en el sitio web del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá (PanamaEmprende.gob.pa), y el trámite tiene un costo mínimo de 55 balboas que se pueden pagar hasta con Tarjeta de Crédito.
Si bien, la emisión del Aviso de Operación debe ser inmediata, algunas veces toma entre 24 y 48 horas.
Este documento debe estar firmado por el tramitante y el representante legal de la Sociedad Anónima, y colocarse en algún lugar visible del local comercial o negocio.
Si usted quiere evitarse inconvenientes al tramitar su Aviso de Operación o necesita asesoría legal en la conformación de su Sociedad Anónima, contáctenos. Somos una firma de abogados en David, Panamá, con más de 12 años de trayectoria.