Aunque las garantías convencionales existentes han sido el mecanismo utilizado históricamente para asegurar la recuperación de créditos e intereses, no dejan de ser un procedimiento complejo y engorroso para las entidades financieras.
La dinámica de la economía actual exige procedimientos más dinámicos para agilizar y abaratar la constitución, transmisión y ejecución de garantías y, con ello, ganar tiempo y abaratar costos.
Ello explica la causa por la que una ley no tan nueva, de 1984, que trata sobre el fideicomiso de garantía, haya tomado tanto vigor durante los años recientes en la República de Panamá. El fideicomiso de garantía facilita al empresario, grande o pequeño, obtener créditos e inspirar confianza en los las instituciones financieras.
La posibilidad proviene del financiamiento bancario respaldado por un mecanismo que permite a una persona (fideicomitente) trasferir bienes a otra persona (fiduciario) para que sirvan de garantía a una obligación contraída con una entidad financiera (beneficiario).
En Panamá, el fiduciario, encargado de ejecutar el fideicomiso, puede ser una institución financiera o una Oficina de Abogados autorizada, que es supervisada permanentemente por entes reguladores.
Este es un proceso que da confianza a directores y ejecutivos del sistema financiero, por un lado, y a las organizaciones que combaten el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
De alguna forma, el fideicomiso de garantía puede verse como una variante del tradicional financiamiento otorgado por los bancos, pero tiene beneficios en lo relacionado con los gastos legales, la rapidez de la transacción y ejecución de las garantías.
En el caso específico de los fideicomisos para la adquisición de vehículos y otros bienes muebles, se gana en trámites y en tiempo porque la transacción no tiene que ser elevada a escritura pública ni inscrita en el Registro Público.
En lo relacionado con un eventual incumplimiento de la obligación contraída por el fideicomitente, las garantías pueden ejecutarse sin necesidad de realizar trámites legales, porque los bienes dados en el fideicomiso constituyen un patrimonio autónomo a favor del fiduciario y no un derecho crediticio, como ocurre con las hipotecas.
La agilidad y relativa sencillez con que funciona el fideicomiso de garantía lo ha venido convirtiendo en un mecanismo cada vez más popular, con la particularidad de que en Panamá, tanto pueden fungir como fiduciarios los bancos como las oficinas de abogados autorizadas por la Superintendencia de Valores.
En lo fundamental, el fideicomiso de garantía procura asegurarle al acreedor que el deudor pagará fiel y puntualmente el capital y los intereses del financiamiento que recibió, a través del fiduciario.
Al fiduciario, por su parte, le corresponde administrar el patrimonio puesto bajo su responsabilidad: elaborar los contratos de fideicomiso, integrar el expediente del fideicomiso, realizar trámites ante las autoridades competentes, inscribir la propiedad de los bienes, otorgar poderes, identificar, medir y mitigar riesgos, etc.
El fideicomiso, en general, tiene tantas modalidades como cláusulas que quieran incluir las partes contratantes, todo en aras del apoyo que brinda Panamá al desarrollo humano y a los esfuerzos empresariales nacionales o extranjeros.
Candanedo Correa Abogados somos una firma autorizada por la Superintendencia de Valores para brindar servicios en el área de fideicomisos. Contamos con un equipo de abogados especializados en fideicomisos de garantía, y también testamentarios, de acciones, de administración, etc.
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